Transferencia de los Títulos Valores

¿Cómo se transfieren los títulos valores?
Como hemos visto en el capítulo anterior, dependiendo de la naturaleza del título valor, éstos pueden ser transferidos mediante su simple entrega, endoso o cesión. Así, hemos dicho que los títulos valores al portador (un cheque o un papel comercial al portador, por ejemplo) se transfieren con su simple entrega.


Así también ya hemos señalado que los títulos valores a la orden (un cheque giro o una letra de cambio) se transfieren mediante endoso; y, que los títulos valo­res nominativos (una acción) se transfieren mediante cesión de derechos. Pues bien, la transferencia de estas dos últimas modalidades son las que serán explica­das en las siguientes líneas, en la medida que presentan ciertas formalidades y matices que necesariamente deben tomarse en cuenta cada vez que se pretende transferir un título valor a la orden o uno nominativo. Debe recordarse que la inobservancia de dichas formalidades puede acarrear la pérdida de la eficacia cambiarla de dichas transferencias, por lo que se justifica plenamente un comentario aparte.


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