Certificado de depósito y Warrant

¿Qué es el certificado de depósito?
El certificado  de depósito es el título valor a la orden que representa el derecho sobre la mercadería depositada en un almacén general de depósito. En este sentido, quien posee este título valor es considerado titular o propietario de dicha mercadería.
La entidad facultada para emitir el certificado de depósito es el almacén general de depósito el mismo que procederá a emitirlo una vez recepcionada en depósito las mercaderías o productos.


¿Qué es el warrant?
El warrant es un título valor a la orden que, al igual que el certificado de también representa derechos reales sobre las mercaderías depositadas.
La diferencia radica en que el warrant representa un derecho real de prenda a favor del tenedor de dicho título valor, mientras que la propiedad de las mercade­rías corresponde al tenedor del certificado de depósito. Es decir, el warrant convierte a su tenedor en acreedor prendario de la mercadería o productos en depósi­to, mientras que el certificado de depósito convierte a su titular en propietario de dichas mercaderías.
El warrant es emitido por el almacén general de depósito a solicitud del depositante, expresando información idéntica al certificado de depósito. Asimis­mo, constituye el instrumento que servirá de garantía para que una entidad financiera o cualquier inversor otorguen financiamiento al depositante o a un tercero endosatario titular del warrant.
¿Qué información deben contener tanto el certifi­cado de depósito como el warrant?
Como hemos expresado anteriormente, tanto el warrant como el certificado de depósito deben contener idéntica información respecto a la mercadería en de­pósito. Esta información debe estar constituida por:
La denominación y número que corresponde tanto al certificado de depó­sito como al warrant, en caso de que se emitan ambos títulos
El lugar y fecha de emisión.
El nombre, el número del documento oficial de identidad y domicilio del depositante.
El nombre y domicilio del almacén general de depósito.


¿Qué sujetos intervienen en el certificado de depó­sito y en el warrant?
En estos títulos valores, intervienen necesariamente:
El almacén general de depósito o depositario, que es la sociedad anóni­ma que, a solicitud del depositante de las mercaderías, emite tanto el certificado de depósito como el warrant.
El depositante, que es la persona que acopia determinadas mercaderías en un almacén general de depósito, recibiendo por ello tanto el certifi­cado de depósito como el warrant. Es el primer tenedor de ambos títu­los valores y obligado principal al pago del crédito garantizado por el warrant.

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